Los presentes términos y condiciones (en adelante los “Términos y Condiciones”) detallan el alcance, limitaciones y beneficios que otorga el Servicio de Garantía de Fianza (en adelante el/los “Servicio/s”) brindados por “SISTEMA FINAER S.A.”, CUIT: 30-71528749-4 (en adelante denominado el “Prestador”) en el territorio de Argentina (el “Territorio”).
En tal sentido, los Términos y Condiciones regirán la relación entre el Prestador y el Usuario que contrate los Servicios (en adelante el “SOLICITANTE” o “LOCATARIO” de forma indistinta).
1.1. El Solicitante deberá acceder a los Servicios a través de la página web del Prestador https://www.finaersa.com.ar/ para lo cual deberá completar una etapa de registración con determinados datos: identidad; laborales; inmobiliaria interviniente si la hubiera, zona geográfica en la que se pretende alquilar el inmueble, contar por qué medio conoció a la compañía, con más la aceptación de los Términos y Condiciones.
2.1. Con base en los siguientes términos, al celebrarse el contrato de fianza ofrecido mediante los SERVICIOS de “SISTEMA FINAER S.A.”, el Prestador se constituirá frente al LOCADOR en Fiador subsidiario del LOCATARIO, por las obligaciones que le resultan exigibles este, en virtud del Contrato de Locación suscripto. Esta Fianza tendrá los alcances, detalles y limitaciones que se establecen en los Términos y Condiciones.
2.2. Se entiende por CONTRATO FIANZA al acuerdo viculante por el cual el Prestador se obliga accesoria y subsidiariamente a cumplir con las OBLIGACIONES que resulten exigibles al LOCATARIO, siempre que la parte LOCADORA aceptase los límites taxativamente previstos en dicho instrumento.
2.3. Se entiende por OBLIGACIONES, (i) El pago mensual de los alquileres que se adeudasen, y que fueran oportunamente pactados en el Contrato de Locación y los ajustes resultantes de los índices previstos por la normativa vigente; (ii) El pago mensual de intereses punitorios que el Locatario adeudase por las obligaciones derivadas de la falta de pago en término del canon mensual de alquiler, hasta el 0,5 % diario, no capitalizable, siendo ello el tope máximo mensual; (iii) El pago de las expensas mensuales desde la celebración del contrato de Locación hasta la restitución del inmueble Locado, y los intereses punitorios por pago fuera de plazo con el tope máximo indicado en el apartado (ii) precedente; (iv) El pago de la Tasa-ABL(v) El pago del Servicio de Agua Corriente; (vi) Servicio de Gas Natural Domiciliario; (vii) Servicio de Energía Eléctrica Domiciliaria; (viii) Daños; siempre que tales obligaciones hubieren sido asumidas por el Locatario en el contrato de locación. Todo lo enumerado, según los límites de plazos, términos y apercibimientos determinados en el contrato de fianza celebrado.
2.4. Se entiende por CONCEPTOS EXCLUIDOS DEL CONTRATO DE FIANZA, a aquellas obligaciones que escapan al contrato de fianza y que permanecen exclusivamente como obligaciones a cargo del LOCATARIO sin excepción. Las mismas se encuentran detalladas en el punto 3.
2.5. Se entiende por IMPORTE, a la suma que el Solicitante pagará a “SISTEMA FINAER S.A.” en ocasión de su prestación de servicio, derivada de su carácter de fiador conforme se detalla en el punto 7.
2.6. Se entiende por CONTRATO DE LOCACIÓN VÁLIDO a aquellos contratos de locación que sean celebrados dentro del plazo máximo de 90 días corridos de firmado el contrato de fianza. Asimismo, será requisito esencial que dicho contrato de locación contenga la cláusula especial de fianza que allí se detalla.
2.7. Se entiende por NOTIFICACIONES, a las comunicaciones obligatorias y fehacientes que las partes deben mantener en los supuestos determinados en el contrato de fianza, de forma obligatoria, cuyo incumplimiento resultará en la caducidad de las obligaciones del Prestador.
2.8. Se entiende por VIGENCIA, al tiempo en el que el contrato de fianza permanecerá en vigor, el cual abarca desde la firma del contrato de locación hasta la efectiva restitución del inmueble al LOCADOR, de acuerdo a las reglas que se establecen en el punto 10.
Quedan exceptuadas del Servicio:
3.1. Los excedentes de los montos que como topes máximos mensuales se describen en los apartados (i), (ii) y (iii) del punto 2.3.
3.2. El reemplazo del pago de daños a cambio de una prestación en especie.
3.3. Los intereses, cláusulas penales y multas contenidas en el contrato de locación con excepción de los ya pactados en la fianza.
3.4. Los daños y/o perjuicios que puedan provocar los hechos o la conducta de la parte Locataria, respecto de terceros y/o sus bienes.
3.5. Ningún cargo, sanción, indemnización, resarcimiento, depósito y/o multa, sean legales o convenidas, derivadas de la rescisión del contrato de locación; y/o insertas dentro de las expensas; etc. Se deja constancia que se encuentra excluido de la fianza los honorarios profesionales y/o gastos de diligenciamiento en instancia prejudicial y/o judicial que fuera instado por la parte LOCATARIA, LOCADOR y/o cualquier otro sujeto que no fuere SISTEMA FINAER S.A.
3.6. Los impuestos que pesen sobre el inmueble sean nacionales o provinciales; tasas de servicios; contribuciones de cualquier naturaleza; gastos y/o precios de los servicios (ya se trate de servicio de Telefonía; etc.) sea que ellos existan al momento en que se celebre el contrato; o que la obligación nazca durante el curso del contrato y/o que resulten ulteriores a su vencimiento. Se exceptuará de la presente disposición los Servicios de Agua Corriente (AYSA), Tasa ABL, Servicio de Gas Natural Domiciliario, Servicio de Energía Eléctrica Domiciliaria, los cuales serán abonados previa exhibición de comprobante oficial otorgado por los organismos correspondientes, que acrediten la falta de pago del locatario.
3.7. Ningún deterioro y/o daño en la finca imputable a los sujetos contractuales y/o a cualquier otro, en tanto excedan los límites de la cláusula 3.1.- del contrato de fianza. Tampoco los causados por caso fortuito; por fuerza mayor; por el desgaste natural del uso y goce; por accionar de terceros. Tampoco los deterioros provenientes del mero transcurso del tiempo y el uso regular, conforme lo previsto en el artículo 1.210 del C.C.C.N.
3.8. La presente fianza no contempla como daños garantizados: las roturas, deterioros o desperfectos provocados por actos propios del uso diligente, mero transcurso del tiempo y desgaste natural del inmueble; pintura; falta de aseo; los cometidos sobre electrodomésticos, sistemas de energía eléctrica, gas natural y agua corriente. La presente enumeración no es taxativa, sino meramente enunciativa, debiendo ser interpretada en el más amplio de los sentidos. Toda duda razonable deberá ser advertida como ítem de exclusión.
4.1. A modo de solicitar el Servicio, el Solicitante deberá ingresar a la página web https://finaersa.com.ar y proceder a cargar los siguientes datos: Nombre; Apellido; Tipo y N° de DNI; Género; fecha de nacimiento; domicilio particular- Calle, N°; Piso; Departamento; Localidad/Ciudad; Provincia- número de teléfono fijo/celular y alternativos; dirección de correo electrónico y alternativo; ocupación, antigüedad laboral; ingreso neto; Datos del empleador y CUIT.
4.2. La contratación no se perfeccionará hasta tanto se encuentre pagadero el servicio y firmado el contrato de fianza por todas las partes intervinientes.
5.1. En caso de que un Solicitante se demorase en el pago de cualquier obligación pecuniaria inherente a la garantía, el LOCADOR deberá notificar fehacientemente al Prestador de tal situación, so pena de quedar extinta la presente fianza ante cualquier comunicación extemporánea, liberando totalmente al fiador de aquella obligación.
5.2. El LOCADOR deberá notificar fehacientemente la mora del Locatario a la fiadora “SISTEMA FINAER S.A.”, dentro de los 30 días corridos de acontecido cada vencimiento de pago respecto del Alquiler y Expensas Ordinarias (quien responderá a correspondientes punitorios hasta el 0,5% diario no capitalizable), so pena de caducidad ante cada período reclamado extemporáneamente.
5.3. El LOCADOR deberá notificar fehacientemente la mora del Locatario a la fiadora “SISTEMA FINAER S.A.”, dentro de los 60 días corridos de acontecido cada vencimiento de pago respecto de los restantes rubros objeto el servicio de fianza (Servicio de Agua Corriente; Tasa Municipal-ABL, Servicio de Gas Natural Domiciliario, Servicio de Energía Eléctrica Domiciliaria), so pena de caducidad ante cada período reclamado extemporáneamente.
5.4. El LOCADOR deberá notificar fehacientemente a la fiadora “SISTEMA FINAER S.A.” dentro de los 10 días hábiles de restituida la propiedad judicializada para comunicar el tenor del presupuesto de los daños que versen sobre la propiedad arrendada, so pena de caducidad por el concepto extemporáneamente reclamado.
5.5. Ante la falta de restitución de la propiedad por parte del LOCATARIO -en legal tiempo y forma- al vencimiento del plazo locativo pactado en el presente contrato y/o ante la situación de abandono del inmueble en cualquier momento y/o fallecimiento de sus ocupantes, el LOCADOR se obliga a notificar fehacientemente de aquellas contingencias al Prestador dentro del plazo de 30 días corridos de haberse conocido el hecho, so pena de quedar totalmente extinta la presente fianza ante cualquier comunicación extemporánea, liberando al fiador de su carácter de tal.
5.6. Ante el incumplimiento contractual de la parte LOCATARIA sobre el pago de los alquileres y/o la no restitución del inmueble locado al vencimiento contractual, el LOCADOR se obliga a extender mandato a favor de los letrados asignados por el Prestador a efectos de promover las acciones legales correspondientes, en el plazo de 30 días corridos de acontecidas las causales mencionadas, so pena de quedar totalmente extinta la presente fianza, liberando al fiador de su carácter de tal.
6.1. Los Servicios se encontrarán vigentes desde el momento en que se firme un CONTRATO DE LOCACIÓN VALIDO, hasta la plena restitución del inmueble.
7.1. El Solicitante deberá abonar por la prestación del servicio un % que se determinará tomando como base de cálculo el valor de los alquileres consignados contractualmente; plazo locativo e importe de expensas iniciales si las hubiera. Con dichas variables se procederá a la multiplicación por el plazo contractual y de dicho coeficiente se tomará el 6% del total. En efecto, dicho 6% determinará el importe que deberá abonar el solicitante al “SISTEMA FINAER S.A.” por la prestación del servicio.
7.2. Se podrá abonar el servicio de la siguiente forma:Al contado, mediante transferencia o depósito bancario; en cuotas con o sin tarjeta de crédito mediante la plataforma de mercadopago (según políticas vigentes de dicha plataforma y según el banco emisor con el recargo que el mismo aplique) a través de: VISA; Mastercard; American Express; Tarjeta Naranja; Tarjeta Shopping; Tarjeta Nativa; Tarjeta Cencosud; Tarjeta CABAL; Tarjeta Argencard; Tarjeta Diners Club; Tarjeta Cordobesa; Tarjeta CMR Falabella; Tarjeta Banco Patagonia; Tarjeta Walmart; Tarjeta VISA Débito; Tarjeta Maestro; Tarjeta Mastercard Débito; Tarjeta CABAL.
7.3. En caso de que el Solicitante no abonare íntegramente, en tiempo y forma, alguna alícuota derivada del financiamiento por el precio del servicio prestado por SISTEMA FINAER S.A., se adicionará a su deuda intereses correspondientes a la tasa activa mensual a 30 días del BCRA y eventualmente se promoverá acción de ejecución judicial por las sumas pendientes de pago. La mora por parte del usuario en el pago del servicio prestado por SISTEMA FINAER S.A., no obstara la vigencia y alcances de la fianza frente al LOCADOR.
8.1 En el supuesto caso que, el Solicitante decidiere revocar el servicio extendido por el prestador, a efectos de extinguir el vínculo de fianza y obtener el reintegro de las sumas pagadas (art. 34, ley 24.240 y art. 1.110 CCCN), tendrá que formalizar su pretensión a través del “Botón de Arrepentimiento” ubicado en la página de inicio del portal https://finaersa.com.ar, en un plazo que no exceda los 10 días corridos de celebrado el Contrato de Garantía de Fianza, en los términos de la Resolución Administrativa N° 424/2020 de la Secretaría de Comercio Interior, dependiente del Ministerio de Desarrollo Productivo. Asimismo, el arrepentimiento tendrá lugar si:
En caso de no cumplirse expresamente las hipótesis enunciadas, la revocación del servicio no será automática ni devengará reembolso de precio alguno, obligándose el solicitante también por las alícuotas pendientes de pago, a tales efectos. Asimismo, en tal supuesto continuarán indemnes las obligaciones asumidas por la fianza, en fiel cumplimiento de las estipulaciones convenidas contractualmente. Cumplidos los 10 (DIEZ) días corridos de celebrado el Contrato de Garantía de Fianza, el uso del “Botón de Arrepentimiento” no surtirá efecto alguno como medio de revocación del Contrato por el cual se obligaron las partes.
En todos los casos referenciados, el fiador “SISTEMA FINAER S.A.” validará en tiempo prudencial, la veracidad, los plazos y el cumplimiento de los requisitos esenciales requeridos a sus efectos.
11.1. Será aplicable la Ley Argentina a los presentes Términos y Condiciones, y en tal sentido toda controversia judicial que se plantee en relación a los presentes Términos y Condiciones y/o respecto del Servicio, se sustanciará ante la justicia competente con asiento en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.